Consejos para ahorrar en la próxima declaración de la renta

Desde las distintas administraciones, la tendencia es a reducir las posibilidades de bonificación o exención de tributación por Renta. Pero aún así todavía quedan algunas cartas por jugar. A continuación, te enumeramos las principales desde el punto de vista de Hacienda Estatal.

Aportaciones a planes de pensiones

La aportación con desgravación máxima a planes individuales se ha reducido a 2.000 euros en este 2021.Desde el Gobierno se están desincentivando las aportaciones a los planes individuales para favorecer a los planes de empleo en los que participa la empresa.

Compra de vivienda

Pueden desgravarse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de inversión de 9.040 euros, para aquellos que compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 y que hayan tenido deducciones por esta vivienda en los años anteriores a 2013.

Venta de vivienda

Exenciones de pagar por la plusvalía en estos casos:

  • Si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual.
  • En el caso de los mayores de 65 años, personas dependientes severos o de grandes dependientes, están exentas las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual.
  • Para los mayores de 65 años por la venta de cualquier bien, hasta un límite máximo de 240.000 euros, si con el importe total obtenido se constituye una renta vitalicia asegurada, dentro de un plazo de seis meses.

Rendimientos del trabajo

Reducción por rendimientos del trabajo que puede llegar hasta los 5.565 euros cuando los rendimientos netos del trabajo sean inferiores a 16.825 euros. Salvo si hay rentas de otro tipo, como por ejemplo:

  • Ganancias patrimoniales por venta de acciones ó
  • Rentas por el alquiler de un inmueble, si superan los 6.500 euros

Acciones e inversiones

Los últimos días del año es un buen momento para hacer cuentas y compensar las pérdidas generadas por un fondo de inversión, acciones o derivados financieros, contra las ganancias obtenidas. En este caso, hay que tener en cuenta que la venta de acciones, puede obligar a declarar a muchos contribuyentes que no tendrían que hacerlo porque sus rendimientos de trabajo son inferiores a los 22.000 euros con un solo pagador, o si sus rentas no superan los 14.000 euros anuales con dos pagadores o más, o si no llegan a 1.500 euros los pagos realizados por este segundo y demás pagadores.

Lo mismo sucede con los beneficios obtenidos por los rendimientos de capital mobiliario: bonos, dividendos, intereses de títulos o venta de obligaciones, que también se pueden compensar con los rendimientos negativos.

Aportaciones a partidos políticos, sindicatos y colegios profesionales.

  • La afiliación y las aportaciones a un partido político: Deducción del 20%, limitada a una base máxima de 600 euros en el IRPF.
  • Las cuotas a los sindicatosy a los colegios profesionales, deducen de los rendimientos del trabajo.
  • Los gastos de defensa jurídica de litigios en una relación laboral, con el límite de 300 euros anuales.

Ayuda a familiar emprendedor

30% de la inversión en la cuota estatal del IRPF al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad, siendo la base máxima de la deducción 60.000 euros anuales, como deducción destinada a amigos y familiares de tercer grado de los emprendedores.

Donaciones a ONG o entidades solidarias

80% de los primeros 150 euros donados y el 35% del resto donado, que aumenta hasta el 40% si la cantidad donada a la misma ONG no disminuye en cada uno de los tres últimos años, con el límite del 10% de la base liquidable.

 

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